Sindicalización policial: aportes académicos a una discusión recurrente

La protesta policial en Misiones reabre un debate que diversos investigadores vienen abordando desde la perspectiva del Derecho Laboral y otros enfoques, arribando a conclusiones disímiles. En 2017, la Corte Suprema de Justicia resolvió que la Policía de Buenos Aires no tiene derecho a la actividad sindical.

 

(Redacción Universidades NEA). En los últimos días, el conflicto salarial que mantiene un grupo de policías retirados y en actividad de la Policía de Misiones con el gobierno provincial, acaparó fuertemente la atención de los medios de comunicación de todo el país. La protesta, que desde el 16 de mayo se concentra alrededor del edificio del Comando Radioeléctrico ubicado sobre la avenida Uruguay de la ciudad de Posadas, es acompañada por otros sectores laborales del Estado, entre ellos el de la docencia y el Servicio Penitenciario.

Más allá de los vaivenes de este conflicto puntual, la situación reabre de algún modo una discusión recurrente no sólo en la provincia, sino en todo el territorio nacional e incluso en otros países de Latinoamérica: la sindicalización delas fuerzas de seguridad. ¿Debe concederse a la policía y el resto de las fuerzas del orden el derecho a la agremiación? ¿Cuáles son las normativas actuales en relación a este tema? ¿Qué riesgos o ventajas se observan ante la hipótesis de una sindicalización policial? La posibilidad de que las fuerzas de seguridad puedan sindicalizarse en Argentina, ¿representa un avance o un retroceso para el sistema democrático?

Varias investigaciones y ensayos surgidos en el seno de universidades argentinas, aportan al debate desde éstos y otros interrogantes.

“El derecho a sindicalizarse, actualmente no existe para el personal policial dentro del territorio nacional y cada intento de formación sindical policial no logró eco favorable en los estrados jurisdiccionales, aunque las decisiones de los magistrados no fueron unánimes. Para todo trabajador este derecho está reconocido por la Constitución Nacional y por organismos internacionales y en algunos países de la región las fuerzas policiales cuentan con sindicato” observa el abogado Felipe Coronel, autor del trabajo de graduación de la carrera de Abogacía de la Universidad Siglo 21, titulado “Derecho a la sindicalización de la Policía de Buenos Aires”.

Dicha investigación, se focaliza  en determinar “si se afectaría algún principio constitucional en caso de negar a las fuerzas policiales que se agremien en el marco del ordenamiento jurídico argentino vigente y los fundamentos jurídicos con los que cuenta el Estado para privar al policía de acceder a un sindicato”.

 

Principio de igualdad

Analizando un amplio corpus (leyes,  resoluciones, doctrinas, jurisprudencia, convenios y tratados internacionales),  Coronel parte de “la hipótesis investigativa, que es que  toda vez que se le negó a los policías el derecho de acceso a un sindicato, que los represente, se vulneraron principios constitucionales que se agremien en el marco del ordenamiento jurídico argentino vigente, debido a que claramente se ve afectado el principio de igualdad, que estos tienen con los demás trabajadores”.

Entre las conclusiones de su trabajo, el autor asiente que “toda vez que se han expedido las instituciones del Estado ante la solicitud de reconocimiento del derecho a la sindicalización y negociación colectiva de las fuerzas de seguridad, los fallos son divididos porque reflejan en sí mismo, la vulneración de principios constitucionales”.

Con respecto al caso específico de la Policía de la Provincia de Buenos Aires  -la más numerosa del país-, es preciso señalar que en abril de 2017, la Corte Suprema por mayoría resolvió  que esta fuerza no tiene derecho a sindicalizarse.

“Es necesario derribar una serie de prejuicios, estigmas y generalizaciones y seguir el camino de las democracias consolidadas que apuntan a fortalecer el bienestar del personal como herramienta clave para mejorar la calidad del servicio prestado y, consecuentemente, revertir la inseguridad” plantea por su parte, el director del curso de “Derecho a la Sindicalización de las Fuerzas de Seguridad, Policiales, Penitenciarias y Agentes de Inteligencia. Avance o Retroceso para la Democracia”, Mateo Pérez Esquivel, abogado y nieto del premio Nobel de la Paz, Adolfo Pérez Esquivel, que surgió en el seno de la Universidad de Buenos Aires (UBA) en 2022.

“Es necesario generar más espacios institucionales de diálogo y contención, dejar de silenciar la problemática y hacernos cargo del tema que tiene consecuencias palpables en la vida cotidiana de toda la ciudadanía”, sostiene Pérez Esquivel hijo.

 

Riesgo

En tanto, el secretario académico de Relaciones del Trabajo (UBA) Luis Roa, considera que la Organización Internacional del Trabajo (OIT), ya en los convenios 87 y 98 sobre la libertad sindical, “permitió a los estados formular reservas en torno a los derechos sindicales de las fuerzas armadas y de la policía”.

Según Roa, “es controvertido si los policías pueden constituir sus organizaciones sindicales, pese a que la Corte en una causa iniciada por el Sindicato Policial Buenos Aires ha dicho que no están habilitados a hacerlo. Pero lo que me parece sumamente riesgoso es reconocer el derecho a realizar medidas de fuerza a un colectivo que tiene el monopolio de la fuerza pública”.